OJEDA, ALBERTO JOSE c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclama por daños físicos, psíquicos y estéticos, pero la Cámara confirma el rechazo de la demanda al considerar que la lesión fue leve y no generó incapacidad ni secuelas trascendentes.
Daños físicos, psíquicos y estéticos por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo de la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La lesión (corte en la mano izquierda) fue leve, sin secuelas funcionales ni incapacidad.
- Respecto al daño estético, este solo es indemnizable cuando afecta la posibilidad de obtener trabajo, lo que no se verifica en este caso.
- En cuanto al daño psíquico, el tribunal señala que para que se configure debe haber una perturbación patológica de la personalidad, lo que no se acreditó, ya que el evento traumático fue leve y no generó secuelas relevantes.
- Se destaca que en la valoración del daño psíquico deben considerarse también factores externos al ámbito laboral que puedan incidir en la salud mental.
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