FRACUELLI, DIEGO ANDRES c/ LCC SA Y OTROS s/DESPIDO
El trabajador demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la relación laboral, pero modificó el monto de los honorarios profesionales del Consorcio de Propietarios Lobos Country Club.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que existió una relación laboral entre las partes, aplicando la presunción del art. 23 LCT. Elevó los honorarios del Consorcio de Propietarios a $120.000 y confirmó los demás aspectos de la sentencia de primera instancia.
"Más allá de las tenues disquisiciones que formulan en torno de la prueba testimonial y el tipo de tareas desarrolladas por Fracuelli, no luce controvertido en esta etapa que ambos codemandados reconocieron oportunamente la prestación de trabajo por parte del accionante, por lo que –tal como lo indicó la Sra. Jueza "a quo"
- resulta operativa en el sub lite la presunción contenida en el artículo 23 LCT."
"Tampoco comparto la tesis de los recurrentes acerca de que el accionante debía demostrar que los servicios fueron prestados bajo la dependencia de la otra parte. En efecto, según la opinión predominante en la jurisprudencia y en la doctrina, que esta Sala comparte, el reconocimiento de la prestación de servicios torna operativa la presunción indicada y obliga al demandado a aportar la prueba tendiente a desvirtuar tal extremo".
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: