ALVAREZ EMILIO MANUEL Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA SA s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores reclamaron diferencias salariales por omisión de considerar sumas no remunerativas y por única vez al incrementar gratificaciones extraordinarias. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y rechazó la inclusión de dichas sumas en el cálculo.
Diferencias salariales por no haber considerado "sumas no remunerativas" y "sumas por única vez" al incrementar la "gratificación extraordinaria de pago diferido" y "cuota extraordinaria".
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, entendiendo que las sumas no remunerativas y por única vez no deben incluirse para actualizar los pagos diferidos, ya que no forman parte del "salario básico".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los convenios establecían que la gratificación debía actualizarse solo por los aumentos en el "salario básico", por lo que no correspondía incluir otros conceptos. La Cámara considera que una interpretación amplia del acuerdo iría en contra de la voluntad de las partes.
- Voto en disidencia: La Dra. Cañal considera que las sumas no remunerativas y por única vez deben computarse para la actualización, ya que integran el salario de los trabajadores. Argumenta que un convenio no puede desconocer la naturaleza salarial de conceptos establecidos en la LCT.
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