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CANTERO RODRIGUEZ, PABLO ROBERTO c/ CNO S.A. Y OTROS s/LEY 22.250

El actor reclamó horas extraordinarias no remuneradas y sanciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de la condena, confirmando la responsabilidad solidaria de los integrantes de la Unión Transitoria de Empresas.

Prueba testimonial Responsabilidad solidaria Union transitoria de empresas Sanciones laborales Horas extraordinarias

Horas extraordinarias no remuneradas, sanciones por incumplimientos laborales

¿Qué se resolvió?

Se confirma condena por horas extras, pero se revoca la sanción por incumplimiento del art. 80 LCT. Se mantiene la responsabilidad solidaria de los integrantes de la UTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La falta de acreditación por parte de la demandada del horario real de trabajo genera una presunción a favor del trabajador.
- La prueba testimonial es concluyente sobre la jornada reclamada.
- La UTE es el empleador, por lo que sus integrantes son responsables solidariamente.
- No corresponde la sanción del art. 80 LCT si el certificado de trabajo fue entregado.

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