CENTENO RAUL GABRIEL c/ COOPERATIVA DE TRABAJO EL ESCORIAL s/DESPIDO
El actor promovió demanda contra la Cooperativa de Trabajo El Escorial por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró que el vínculo era de naturaleza cooperativa y no laboral.
Despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda, considerando que el vínculo entre el actor y la cooperativa era de naturaleza asociativa y no laboral. El tribunal entendió que la incorporación del actor a la cooperativa no constituyó un acto fraudulento tendiente a evadir la aplicación de las normas laborales, y que el actor tuvo efectiva posibilidad de participar en la formación de la voluntad social a través de las asambleas.
"Cabe tener presente que las sociedades cooperativas reguladas por la ley 20.337, se encuentran "fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios" (art. 2). El objeto de las cooperativas de trabajo es la provisión de trabajo a sus asociados, quienes lo ejecutan percibiendo por ello una contraprestación, y cierto es que la prestación personal no es autónoma en su plenitud puesto que deben someterse a una organización jerárquica a fin de poder llevar adelante y cumplir adecuadamente con el fin que persiguen."
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