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FERREYRA, PAOLO ALEJANDRO c/ ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y admitió las indemnizaciones por despido.

Despido indirecto Falta de registro Art 29 lct Art 55 lct Ley 25 323


- Actor: Paolo Alejandro Ferreyra
- Demandado: Organización Coordinadora Argentina S.R.L.
- Objeto: Indemnizaciones por despido indirecto
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y admitió el reclamo por considerar que Organización Coordinadora Argentina S.R.L. era la real empleadora del actor, cuyo vínculo no se encontraba debidamente registrado, lo que justificó el despido indirecto. En consecuencia, condenó a la demandada al pago de diversas indemnizaciones laborales. Los principales fundamentos fueron:
- Organización Coordinadora Argentina S.R.L. era la real empleadora del actor, de conformidad con lo establecido en el art. 29 de la LCT.
- El actor cursó un emplazamiento fehaciente a la demandada, cuyo silencio constituyó una injuria que justificó el despido indirecto.
- Correspondía aplicar la presunción del art. 55 de la LCT a favor de las afirmaciones del trabajador sobre las circunstancias que debían constar en la documentación laboral.
- Procedía la indemnización por falta de registro del contrato de trabajo prevista en el art. 1 de la ley 25.323.
- También correspondía la sanción del art. 2 de la ley 25.323 por la conducta reticente de la empleadora.

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