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ACUÑA, SUSANA DEL CARMEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La trabajadora apeló la decisión administrativa que declaró que no tiene incapacidad laboral por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que la recurrente no aportó fundamentos suficientes para descalificar lo resuelto en sede administrativa.

Accidente in itinere Incapacidad laboral Revision judicial Sentencia administrativa Comision medica Ley 27 348

Incapacidad laboral por accidente in itinere ocurrido el 27/09/19
- Decisión: Se confirma la resolución administrativa que declaró que la actora no presenta secuelas generadoras de incapacidad laboral por el accidente denunciado. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La Comisión Médica Jurisdiccional (CMJ) evaluó el siniestro, los estudios médicos obrantes y realizó un examen físico exhaustivo de la actora, concluyendo que no presenta incapacidad por el accidente.
- La actora no logró cuestionar de manera concreta y razonada lo decidido por la CMJ, limitándose a manifestar disconformidad sin aportar elementos que permitan revertir lo resuelto.
- Si bien la actora alegó incapacidad psicológica, este elemento no formó parte del reclamo inicial ni fue considerado en sede administrativa, por lo que no puede ser impugnado judicialmente.

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