BENITEZ MARIA EMILIA c/ MEDICINA PREPAGA HOMINIS S.A. s/DESPIDO
La demandada impugnó el fallo que la condenó por despido discriminatorio y al pago de indemnizaciones. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia al considerar que la empleadora no acreditó las causales de despido invocadas.
- La actora, Sra. Benítez, demandó a la empresa Medicina Prepaga Hominis S.A. por despido discriminatorio.
- El Tribunal de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando el despido como discriminatorio.
- La empresa apeló el fallo, cuestionando la falta de acreditación de los incumplimientos imputados a la trabajadora. También cuestionó las indemnizaciones por despido discriminatorio y daño moral.
- La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia. Consideró que la empresa no había aportado elementos suficientes para justificar el despido, por lo que este revistió carácter discriminatorio. Confirmó también las indemnizaciones por daño moral y daño psicológico.
Fundamentos principales:
- La prueba testimonial y la información informática aportada no acreditaron los incumplimientos imputados por la empleadora para justificar el despido.
- Cuando se alega un motivo discriminatorio, la carga de la prueba se invierte, debiendo el empleador demostrar que la medida obedece a una causa ajena a la discriminación. En este caso, la empresa no logró despejar la sospecha de discriminación.
- Las conductas reprochadas a la trabajadora que llevaron al despido estuvieron vinculadas a su condición de hipoacúsica, por lo que correspondía indemnizar el daño moral.
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