AGUERO, CRISTIAN ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador reclamó prestaciones por accidente de trayecto. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y fijó un monto menor de condena al excluir la prestación adicional prevista en la ley 26.773.
Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trayecto sufrido el 22/02/2016
- Decisión: Se confirmó la incapacidad psíquica del 11,30% determinada por el perito médico. Se modificó la sentencia y se excluyó la prestación adicional prevista en la ley 26.773, fijándose el capital de condena en $185.641,11 más intereses.
- Fundamentos principales:
- El informe pericial médico proporcionó suficiente verosimilitud sobre la relación causal entre la afección psíquica (RVAN grado II) y el accidente.
- La determinación del IBM fue acorde a la ley 24.557, no correspondiendo excluir rubros.
- Los intereses deben correr desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago, conforme lo establece la ley 26.773.
- No corresponde la prestación adicional prevista en la ley 26.773 en un accidente in itinere, según precedentes de la CSJN.
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