UGARTE CARLOS ALBERTO c/ NJT TEAM S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Despido laboral - La Cámara Nacional de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia y desestima el recurso de apelación por falta de monto mínimo establecido por ley.
Despido
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, ya que los montos reclamados no superan el mínimo establecido por ley para ser apelables. En consecuencia, confirma la sentencia de primera instancia respecto a las costas y honorarios.
Los principales fundamentos de la decisión son:
- Según el art. 106 de la Ley Orgánica, las sentencias y resoluciones son inapelables cuando el valor cuestionado en la alzada no excede 300 veces el importe del derecho fijo previsto en el art. 51 de la ley 23.187.
- Al momento de conceder el recurso, los montos reclamados ($45.000 y $50.412,99) no superaban el mínimo de $270.000 establecido.
- Por lo tanto, el recurso de apelación fue mal concedido y corresponde desestimarlo.
- En cuanto a las costas y honorarios de primera instancia, se confirman al estar adecuadamente regulados.
- Las costas de alzada se imponen por su orden, y los honorarios de las partes se regulan en un 30% de lo fijado en la instancia anterior.
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