CARLUCCIO, ANABELA JEZABEL c/ FALLETI, PAULA MARCELA s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y solicitó indemnizaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, dejando sin efecto la condena a la entrega de los certificados del art. 80 de la LCT.
- Actor: Anabela Jezabel Carluccio
- Demandado: Paula Marcela Falleti
- Objeto de la demanda: Indemnización por despido, liquidación final y multas de los arts. 2 de la ley 25.323 y 80 de la LCT.
- Decisión del tribunal:
- La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación de la demandada respecto a la obligación de pagar sumas de dinero.
- Dejó sin efecto la condena a la entrega de los certificados del art. 80 de la LCT.
- Confirmó lo decidido en materia de honorarios.
- Impuso las costas de alzada en el orden causado.
- Reguló los honorarios de la representación letrada de la demandada en un 30% de lo que le corresponda por la instancia anterior.
Fundamentos:
- El monto de condena no superaba el límite de apelabilidad, por lo que el recurso de la demandada sobre la obligación de pagar sumas de dinero fue mal concedido.
- Sin embargo, la obligación de entregar los certificados del art. 80 LCT no constituye una obligación de dar sumas de dinero, por lo que ese agravio es formalmente admisible.
- En materia de honorarios, se consideró que los fijados en primera instancia eran adecuados.
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