BROSIO GRACIELA MONICA c/ VOLPI SAN LUIS S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió juicio laboral por despido contra Volpi San Luis S.A. y otros. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó parcialmente los reclamos de la trabajadora.
- Actor: Graciela Mónica Brosio
- Demandados: Volpi San Luis S.A., La Hidalguía S.C.A., Carlos Daniel Martínez y Ricardo Alfredo Martínez
- Objeto: Reclamo por despido y otros conceptos laborales
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo de la actora. Concluyó que el despido no fue intempestivo, que la multa del art. 80 LCT era improcedente y que la actora no acreditó la vinculación laboral con La Hidalguía S.C.A. y los socios.
- Fundamentos: La Cámara consideró que la respuesta de la empresa a la intimación de la actora fue tardía, pues se dio luego de extinguida la relación laboral, por lo que el despido no fue intempestivo. Respecto a la multa del art. 80 LCT, entendió que la actora no cumplió con el requisito de intimación fehaciente para su procedencia. En cuanto a La Hidalguía S.C.A. y los socios, concluyó que los testimonios y pruebas aportados no fueron suficientes para acreditar el vínculo laboral invocado.
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