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ALARCON, ANTONIO ORLANDO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado apela rechazo de demanda por falta de aptitud jurisdiccional. La Cámara confirma la sentencia al entender que el procedimiento debe encauzarse conforme a la Ley 27.348.

Accidente de trabajo Comisiones medicas Ley 27 348 Constitucionalidad Aptitud jurisdiccional


- Actor: Antonio Orlando ALARCON
- Demandado: ASOCIART ART S.A.
- Objeto: Accidente de trabajo
- Ley Especial
- Decisión: Se confirma la resolución de primera instancia que declaró la falta de aptitud jurisdiccional por no haberse cumplido el trámite ante las Comisiones Médicas conforme lo establece la Ley 27.348.
- Fundamentos:
- La Ley 27.348 es aplicable al presente caso por haber sido interpuesta la demanda en agosto de 2022, sin configurarse los supuestos excepcionales del art. 1º para contar con vía judicial directa.
- El actor no se ajustó al procedimiento normado por la Ley 27.348, ya que la revisión judicial pretendida no puede encauzarse a través de una demanda autónoma.
- Se desestima el planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27.348, al haberse ratificado su constitucionalidad por la CSJN en el caso "Pogonza".

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