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GIROLMINI, MARIANA SOLEDAD c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y diferencias salariales contra su empleadora y la empresa usuaria. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de la condena, pero confirmó la calificación del despido como discriminatorio.

Dano moral Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Despido Intermediacion fraudulenta Discriminacion por maternidad


¿Quién es el actor?

Mariana Soledad Girolmini
- Demandados: Aegis Argentina S.A. y Telefónica de Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el pronunciamiento de primera instancia y determinó que la única y real empleadora de la actora fue Aegis Argentina S.A. Modificó el monto de la condena, manteniendo la calificación del despido como discriminatorio. Fundamentos principales:
- La actora le otorgó validez a la extinción del contrato de trabajo dispuesta por Aegis Argentina S.A. y celebró un acuerdo con esta empresa, reconociéndola como empleadora.
- No se acreditó que Telefónica de Argentina S.A. haya sido la real empleadora de la actora mediante una intermediación fraudulenta.
- Corresponde aplicar la responsabilidad solidaria de Telefónica de Argentina S.A. prevista en el art. 30 LCT por la actividad tercerizada.
- Se mantuvo la calificación del despido como discriminatorio por razones de maternidad, con condena por daño moral.

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