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ESPLUGA, PEDRO ROLANDO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Los actores reclamaron diferencias de salarios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el carácter remuneratorio de los rubros "Compensación por Viáticos" y "Compensación Tarifa Telefónica" y los períodos de condena.

Diferencias salariales Caracter remuneratorio Principio protectorio Compensacion por viaticos Compensacion tarifa telefonica Ventaja patrimonial


- Actores: ESPLUGA PEDRO ROLANDO Y OTROS
- Demandado: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A.
- Objeto: Cobro de diversos créditos de naturaleza laboral
- Decisión: La Cámara confirmó el carácter remuneratorio de los rubros "Compensación por Viáticos" y "Compensación Tarifa Telefónica" abonados a los actores, con fundamento en que constituían una ganancia o ventaja patrimonial derivada del contrato de trabajo. Asimismo, confirmó los períodos de condena.
- Fundamentos principales:
- La Cámara sostuvo que, más allá de la denominación que las partes le hayan dado, lo relevante es que los pagos efectuados por el empleador implicaron una ganancia o ventaja patrimonial para los trabajadores, lo que los torna remuneratorios.
- Citó jurisprudencia de la Corte Suprema que señala que la naturaleza jurídica de una institución debe definirse por los elementos que la constituyen, con independencia del nombre que se le atribuya.
- Consideró que, conforme al principio protectorio del derecho laboral, los jueces deben interpretar las normas salariales de manera amplia.

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