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SANGUINETTI, CARLOS MARCELO c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO

Trabajador demandó por despido y obtuvo confirmación de la sentencia que hizo lugar a su reclamo, al considerar acreditada la relación laboral.

Carga de la prueba Relacion de dependencia Despido Presuncion art 23 lct Silencio del trabajador Profesional monotributista

Despido
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del trabajador. Los principales argumentos fueron:
- Se aplicó la presunción de existencia de contrato de trabajo del art. 23 LCT ante la negativa del empleador de la relación laboral, correspondiendo a este probar que los servicios no fueron prestados en relación de dependencia.
- El hecho de que el trabajador fuera un profesional que facturó como monotributista no excluye la aplicación de la presunción, correspondiendo al empleador la carga de probar lo contrario.
- El silencio del trabajador durante la prestación de servicios no puede interpretarse como una renuncia o caducidad de sus derechos laborales.

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