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SOTELO, CRISTIAN HERNAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.

Honorarios Incapacidad psicologica Accidente laboral Reaccion vivencial neurotica Fecha de computo de intereses

Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales:
- El actor sufrió un asalto y golpiza en su trayecto al trabajo, lo que le causó una fisura de mandíbula y desfiguración del rostro, con afectación de su capacidad respiratoria y ciclos de descanso. Esto explica que, si bien tiene una incapacidad física leve del 8%, el daño psicológico pueda encuadrarse en una reacción vivencial neurótica grado III con manifestaciones fóbicas.
- Los agravios de la aseguradora respecto a la incapacidad psicológica y la fecha de cómputo de intereses no son viables. La conclusión de los peritos en materia de salud no se advierte equivocada ni disonante con el baremo legal. Tampoco corresponde aceptar que los intereses deban liquidarse desde la fecha de notificación de la pericia médica, ya que en el sistema normativo argentino los reproches de responsabilidad patrimonial tienen carácter declarativo y no constitutivo de derechos.
- Los honorarios impugnados se consideran equitativos.

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