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MORENO, JONATHAN JORGE c/ TELECENTRO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción.

Despido Horas extras Art 29 lct Interposicion y mediacion Art 80 lct modificado por art 45 lct

Despido

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que aplicó el art. 29 LCT y consideró a Telecentro S.A. como empleadora directa. También confirmó los rubros de horas extras, diferencias salariales y art. 80 LCT modificado por art. 45 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que se configuró un supuesto de interposición y mediación en razón de que el trabajador fue contratado por terceros (Volpeza S.R.L.) con vista a proporcionarlo a Telecentro S.A., para la cual prestó servicios, por lo que corresponde aplicar el art. 29 LCT.
- Los testimonios analizados en el contexto de la causa acreditaron que el actor efectuaba tareas propias del objeto social de Telecentro S.A., lo que denotó su inserción en la organización empresaria de esa firma.
- La Cámara también confirmó la condena por horas extras y su inclusión en la base salarial, así como el rubro del art. 80 LCT modificado por el art. 45 LCT.

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