VILLAVERDE, DIEGO MANUEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia y analizó la valoración de la prueba pericial médica que determinó la incapacidad física y psíquica del trabajador.
Accidente de trabajo y reparación sistémica
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Respecto a la incapacidad física, el perito médico legista diagnosticó cervicobraquialgia post traumática (10%), lumbalgia post traumática (15%), lesión del LCA (10%) y sinovitis post traumática del hallux (5%), que le generan una minusvalía del 40% de la t.o. Concluyó que existe relación directa entre el accidente y la patología encontrada, sin factores causales previos. En cuanto a la incapacidad psíquica, el perito psicólogo diagnosticó una Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II que le produce una incapacidad del 5% t.o. Determinó que el accidente afectó al actor en sus áreas vitales, con efectos negativos a nivel de su estado de ánimo. La Cámara consideró que los dictámenes periciales tienen plena eficacia probatoria y que el daño psíquico posee entidad propia, independiente de la incapacidad física.
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