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ALVES COSTA, MARINA (9) c/ FUNDACION CENTRO DE ESTUDIOS BRASILEIROS Y OTROS s/DESPIDO

La trabajadora impugnó la sentencia de primera instancia que la absolvió a la Embajada de Brasil. La Cámara modificó la sentencia y extendió la condena de forma solidaria a la Embajada.

Simulacion Nulidad Presuncion judicial Despido Cesion de contrato Embajada Sucesion patronal


¿Quién es el actor?

Marina Alves Costa
- Demandados: Fundación Centro de Estudios Brasileros (FUNCEB) y Embajada de la República Federativa de Brasil

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que el vínculo laboral de la actora se inició el 1/7/1986 con la Embajada de Brasil, extendiendo la condena de forma solidaria a dicha embajada. También reajustó los montos indemnizatorios. Fundamentos principales:
- La creación de la Fundación Centro de Estudios Brasileros por la Embajada no constituye un fraude, ya que es lógico que una misión diplomática tercerize parte de su actividad.
- Existe una presunción judicial de que cuando una trabajadora presta las mismas tareas en el mismo lugar, se produjo una cesión de su vínculo dependiente. Correspondía a los demandados rebatir esta presunción, lo cual no hicieron.
- El convenio firmado en 1996 bajo el art. 241 LCT fue una mera simulación, por lo que se declara su nulidad.

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