CRUZ, JUAN ALBERTO c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad física reconocido, aplicando la fórmula de la capacidad restante por un accidente previo.
Secuelas indemnizables por accidente de trabajo ocurrido el 26/12/2018
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, determinando que el actor tiene una incapacidad del 10,472% de la total obrera, considerando un 6% de incapacidad física, 5% de incapacidad psicológica y aplicando la fórmula de la capacidad restante por un accidente previo del 4,8%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) La incapacidad física debe determinarse conforme al baremo del Decreto 659/96, por lo que corresponde un 6% de la total obrera y no 16% como informó la perito. 2) Corresponde aplicar la fórmula de la capacidad restante por el accidente previo del 11/07/2012 con 4,8% de incapacidad. 3) La incapacidad psicológica del 5% fue correctamente determinada. 4) Los intereses deben aplicarse desde la fecha del accidente.
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