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CRUZ, JUAN ALBERTO c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad física reconocido, aplicando la fórmula de la capacidad restante por un accidente previo.

Indemnizacion Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Formula de la capacidad restante

Secuelas indemnizables por accidente de trabajo ocurrido el 26/12/2018

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, determinando que el actor tiene una incapacidad del 10,472% de la total obrera, considerando un 6% de incapacidad física, 5% de incapacidad psicológica y aplicando la fórmula de la capacidad restante por un accidente previo del 4,8%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) La incapacidad física debe determinarse conforme al baremo del Decreto 659/96, por lo que corresponde un 6% de la total obrera y no 16% como informó la perito. 2) Corresponde aplicar la fórmula de la capacidad restante por el accidente previo del 11/07/2012 con 4,8% de incapacidad. 3) La incapacidad psicológica del 5% fue correctamente determinada. 4) Los intereses deben aplicarse desde la fecha del accidente.

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