VELAZQUEZ JOSE FERNANDO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO- YACIMIENTO CARBONIFERO RIO TURBIO Y SERV FERRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores reclamaron el pago de la Bonificación Anual Extraordinaria (BAE) por los años 2014 a 2017. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de los importes adeudados.
Percepción de la Bonificación Anual Extraordinaria (BAE) por los años 2014 a 2017
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenando el pago de los importes adeudados por la BAE de esos años, más los intereses correspondientes. La Cámara consideró que si bien la demandada alegó la excepción de prescripción, esto no modificaba la solución adoptada en primera instancia, ya que la respuesta de la empleadora en enero de 2017 reconociendo la deuda por los años 2014 y 2015 impedía que el reclamo se encontrara prescripto. Asimismo, la Cámara entendió que los montos condenados estaban debidamente fundamentados en el informe pericial, y que la tasa de interés aplicada era adecuada para reparar la desvalorización monetaria.
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