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DIAZ, DIEGO RAINELDO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demanda por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo. La Cámara confirma el rechazo de la indemnización por daño estético y daño psíquico.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Dano psiquico Dano estetico Ley 26 773 Ley 24 557 Baremo


¿Quién es el actor?

DIAZ DIEGO RAINELDO

¿A quién se demanda?

ASOCIART ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Fundamentos principales:
- Respecto al daño estético por cicatriz en pulgar, la Cámara consideró que si bien hay incapacidad informada por el perito, no se acreditó que genere limitaciones funcionales o efectos incapacitantes concretos, por lo que corresponde aplicar el baremo de la Ley 24.557.
- En cuanto al daño psíquico, la Cámara consideró que la reacción del actor no guarda adecuado nexo causal con el hecho dañoso, ya que el accidente no le ocasionó incapacidad física permanente. Además, el tratamiento psicológico indicado es de carácter transitorio, no permanente.
- Los honorarios periciales fueron considerados razonables.

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