SOSA, HECTOR LEONARDO c/ ESTABLECIMIENTOS ROMET S.A. s/OTROS RECLAMOS
El actor reclamó la sanción del art. 132 bis de la LCT. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de dicho reclamo por considerar que no se cumplieron los requisitos formales para su procedencia.
Sanción prevista en el art. 132 bis de la LCT por omisión de ingresar aportes y contribuciones retenidos al trabajador.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el rechazo del reclamo. La Cámara consideró que si bien la empleadora retuvo y no ingresó los aportes del trabajador a la seguridad social, con anterioridad al despido había tomado medidas para regularizar la situación, acogiendo diversos planes de pago con la AFIP. Asimismo, la intimación cursada por el trabajador resultó imprecisa, ya que no especificó los períodos concretos en que se habría configurado la omisión.
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