AUCE, GLADYS FABIANA c/ USINA LACTEA EL PUENTE S.A. s/MEDIDA CAUTELAR
La actora promovió medida cautelar solicitando que se ordene a la empresa demandada abstenerse de aplicar sanciones, suspensiones o descuentos salariales en su contra. La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que hizo lugar a la medida cautelar.
¿Quién es el actor?
Gladys Fabiana Auce
¿A quién se demanda?
Usina Láctea El Puente S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar para que la empresa se abstenga de aplicar sanciones, suspensiones o descuentos salariales a la actora, quien invoca su condición de delegada gremial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución que hizo lugar a la medida cautelar, entendiendo que se acreditó el ejercicio de una actividad de carácter gremial que podría estar protegida por la ley 23.592, sin que ello implique adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que más allá del despliegue argumental efectuado por la recurrente, referido en buena parte a cuestiones que hacen al debate de fondo, no puede soslayarse que se ha acreditado el ejercicio de una actividad de carácter gremial, que podría encontrarse en juego desde la órbita de la ley 23.592, aspecto que ha sido expresamente asentado en el escrito de inicio." "Que por lo expuesto, y siendo que la cautela ha sido peticionada en los términos del art. 195 y ccds. CPCCN, se estima pertinente ratificar el resolutivo, sin que ello implique adelantar opinión sobre la controversia sustancial."
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