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Recurso Queja Nº 2 - ALEGRE, EMANUEL CARLOS c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones rechaza el recurso de queja interpuesto por la parte demandada contra la providencia que denegó la apelación sobre la resolución que rechazó la suspensión del periodo de ejecución de sentencia.

Ejecucion de sentencia Recurso de queja Apelacion Derecho de defensa Ley 18 345


¿Quién es el actor?

Alegre Emanuel Carlos

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones resolvió desestimar el recurso de queja interpuesto por la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución impugnada es propia de la etapa de ejecución de sentencia, y el recurrente tuvo oportunidad de ser oído, por lo que no se advierte lesión al derecho de defensa. Conforme al art. 109 de la ley 18.345, las resoluciones dictadas en etapa de ejecución son, en principio, inapelables, salvo algunas excepciones que no se configuran en este caso.

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