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LESNABERES, ANDREA SOLEDAD c/ GRUPO ILHSA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia reduciendo el monto de la condena.

Despido Multa art 80 lct Multa art 2 ley 25 323 Reclamos salariales e indemnizatorios Puesta a disposicion de certificados de trabajo

Despido y reclamos salariales e indemnizatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la procedencia del reclamo, pero redujo el monto de la condena al descontar la multa del art. 80 LCT. Consideró que al haberse puesto a disposición los certificados de trabajo en tiempo y forma, no correspondía aplicar dicha multa. Fundamentos principales:
- La Cámara desestimó el agravio de la demandada respecto a la fecha del despido, confirmando que se efectivizó el 25/08/16 con la recepción de la carta documento.
- En cuanto a la multa del art. 2 Ley 25.323, la Cámara la mantuvo ya que el despido se había efectuado sin observar las exigencias legales.
- Respecto a la multa del art. 80 LCT, la Cámara la revocó ya que los certificados de trabajo se habían puesto a disposición en tiempo y forma, no correspondiendo su aplicación.

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