BAEZ, MARCELO ALEJANDRO c/ MAXSEGUR S.R.L. s/ACCION DE AMPARO
El actor promovió acción de amparo contra el despido efectuado por la empleadora durante el período de prueba. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la nulidad del despido pero revocó la condena por daño moral.
Acción de amparo contra despido durante período de prueba
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la nulidad del despido y la reinstalación del trabajador, en base a que el decreto 329/20 prohibía los despidos sin justa causa, incluyendo los efectuados durante el período de prueba.
- Se revoca la condena por daño moral, al considerar que si bien el despido violaba la norma, la empleadora pudo haberlo efectuado razonablemente dentro de la duda sobre el alcance de dicha prohibición, sin que se advierta una conducta adicional que genere daño moral.
Fundamentos relevantes:
- El período de prueba es una etapa dentro del contrato de trabajo por tiempo indeterminado, no un contrato especial. La prohibición de despidos del decreto 329/20 alcanzaba también a los despidos dentro del período de prueba.
- Para que proceda la indemnización por daño moral, se requiere una conducta adicional de la empleadora que lesione gravemente los afectos y la personalidad del trabajador, lo que no se verificó en este caso.
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