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DIAZ, STELLA VALERIA c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajadora reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara de Apelaciones ordenó que se fije el monto indemnizatorio y se ejecute el crédito conforme las normas legales.

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Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia que había determinado una incapacidad del 25% y ordenó que el tribunal de grado efectúe el cálculo de la indemnización correspondiente. También dispuso dejar sin efecto la regulación de honorarios para que se reajusten conforme al monto total de condena. Los fundamentos principales fueron:
- La ejecución del crédito debe llevarse a cabo ante el juzgado que intervino, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6, inciso 1) del CPCCN, para dar solución a las cuestiones que se planteen durante esa etapa.
- Corresponde que el juez de grado efectúe el cálculo de la indemnización, en cumplimiento del derecho a la doble instancia.
- Los honorarios regulados deben reajustarse en conformidad con el monto total de condena que se determine.

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