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RICCIARDI LUCERO, MARIA PAOLA c/ CEFEF S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que condenó solidariamente a la empleadora y a su presidente por los incumplimientos laborales.

Solidaridad Ley de sociedades comerciales Relacion laboral Despido Registracion de contrato


¿Quién es el actor?

María Paola Ricciardi Lucero
- Demandados: CEFEF S.A. y Hernán Javier Marchiselli (presidente de CEFEF S.A.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que tuvo por acreditada la relación laboral desde una fecha anterior a la registrada, y condenó solidariamente a la sociedad comercial y a su presidente por los incumplimientos laborales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara confirmó que durante el primer tramo del vínculo hubo una relación laboral y no de locación de servicios, de acuerdo a la prueba documental y testimonial.
- La fecha de ingreso se fijó en el 5/7/2007, y no en la alegada por la actora de 1/9/2006.
- Se confirmó que la actora cumplía funciones de "encargada" y no de auxiliar.
- Se extendió la responsabilidad solidaria al presidente de la sociedad comercial por aplicación de los arts. 59, 157 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales.

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