NAVARRO CLAUDIA ISABEL (PACTO HOMOLOGADO) c/ INSTITUTO DE PSICOPATOLOGIA NUESTRA SEÑORA DE LUJAN S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor impugnó los honorarios regulados por la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó parcialmente los honorarios de los abogados y elevó los de la perito calígrafa.
Impugnación de honorarios regulados en sentencia de primera instancia
¿Qué se resolvió?
- Se declara mal concedido el recurso de apelación presentado por los demandados respecto de las costas (art. 107 LO)
- Se confirman los honorarios de la representación letrada de los demandados
- Se elevan los honorarios de la perita calígrafa a $33.921,21 (equivalente a 4,55 UMAS)
- Se imponen las costas de Alzada a los codemandados recurrentes en forma solidaria
- Se fijan los honorarios de los letrados de las partes en el 30% de los de primera instancia
Fundamentos relevantes:
- Para determinar la apelabilidad de cuestiones sobre costas, debe tomarse en cuenta el importe reclamado en la demanda (art. 107 LO, aplicable por analogía)
- Los honorarios reconocidos a la representación letrada de los codemandados resultan adecuados, pero los de la perita calígrafa resultan exiguos.
- Deben elevarse los honorarios de la perita calígrafa a $33.921,21, equivalente a 4,55 UMAS.
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