RIOS MESA, MALCOM MIGUEL c/ EVASEA S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo y desestimó los agravios de la demandada.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció la existencia de un contrato de trabajo entre las partes y desestimó los agravios de la demandada contra dicha determinación.
Los fundamentos principales fueron:
- Los testimonios aportados por el actor corroboraron que este prestaba servicios de manera efectiva en el local de empanadas "Tercera Docena" perteneciente a la demandada, por lo que se activó la presunción del art. 23 LCT.
- La demandada no logró acreditar las excepciones previstas en la norma, por lo que correspondía concluir que medió un contrato de trabajo entre las partes.
- El análisis de la prueba y la aplicación de las reglas presuntivas de los arts. 55, 56 y concordantes de la LCT se exhiben razonables para confirmar el fallo de primera instancia.
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