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ALONSO, SEBASTIAN JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador demandó a la ART por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la incapacidad laboral determinada y el cómputo de intereses desde la fecha del siniestro.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Ley 26 773 Informe pericial medico

Accidente de trabajo y determinación de incapacidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había determinado un porcentaje de incapacidad y fijado el cómputo de intereses desde la fecha del accidente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El informe pericial médico realizado tiene plena eficacia probatoria y no fue desvirtuado por la demandada.
- Correspondía sumar directamente los porcentajes de incapacidad física y psíquica, sin aplicar la teoría de la capacidad restante, dado que las patologías reconocen un único origen: el accidente de trabajo.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del evento dañoso, conforme lo dispuesto en el art. 2° de la Ley 26.773.

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