MANZANEDO, NORMA BEATRIZ c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL GRAFICO s/DESPIDO
La trabajadora reclamó por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia y consideró que el despido fue apresurado e intempestivo.
Despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido fue injustificado. Señaló que la conducta atribuida a la trabajadora (inasistencia sin aviso) no revestía entidad suficiente para justificar el despido, además de que la empleadora no dio a la trabajadora la posibilidad de exponer sus razones antes de proceder al cese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El incumplimiento contractual que puede generar injuria debe revestir suficiente entidad y destruir definitivamente el principio de continuidad de la relación laboral (art. 10 LCT).
- La empleadora no logró demostrar el perjuicio invocado por la inasistencia de la trabajadora.
- El despido fue intempestivo, ya que la empleadora no realizó una interpelación previa a la trabajadora.
- La trabajadora presentó un certificado médico justificando su inasistencia.
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