CHIAVETTO, AMERICO FABIAN c/ NERON SECURITY S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y ordenó que los intereses se calculen conforme a la Resolución 2764/2022 de la CNAT, y que el certificado de trabajo sea emitido por el empleador.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Américo Fabián Chiavetto demandó a Nerón Security S.R.L. por despido y accidente de trabajo. La sentencia de primera instancia reconoció los créditos reclamados, pero desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la imposibilidad de actualización monetaria prevista en la Ley 25.561 y estableció que, de no entregarse los certificados de trabajo por el empleador, el tribunal proveería esa información. La Cámara de Apelaciones consideró que, si bien la imposibilidad de actualización monetaria supone una medida de política económica que en principio es ajena al control jurisdiccional, en este caso los mecanismos de preservación del capital sugeridos por la jurisprudencia de la Cámara resultan suficientes para mitigar los efectos negativos de la desvalorización monetaria. Por lo tanto, modificó la sentencia para disponer que los intereses se calculen conforme a la Resolución 2764/2022 de la CNAT, con la primera capitalización al 1° de agosto de 2015. Respecto al certificado de trabajo, la Cámara consideró que su confección por el tribunal contraría la finalidad de dicho documento, por lo que ordenó que sea emitido y entregado por el empleador demandado bajo apercibimiento de astreintes. Finalmente, la Cámara confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios.
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