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Recurso Queja Nº 1 - s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la queja y desestimó el recurso opuesto por el Fondo de Reserva contra la responsabilidad por el pago de intereses y costas.

Intereses Costas Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Quiebra Fondo de reserva

Accidente
- Ley Especial

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la queja interpuesta por la parte demandada contra la resolución que dispuso que la Superintendencia de Seguros de la Nación, como administradora del Fondo de Reserva de la LRT, debe responder por el capital, intereses y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) La resolución cuestionada atañe a la ejecución de la sentencia, por lo que cabe excepción a la regla de inapelabilidad cuando pueda causar un perjuicio irreparable al derecho de defensa o afectar la integridad del derecho reconocido. 2) La responsabilidad del Fondo de Reserva se configuró al momento de la liquidación forzosa de la ART demandada, por lo que no resultan aplicables las modificaciones posteriores que pretendieron limitar dicha responsabilidad. 3) Los intereses suspendidos por la quiebra se refieren a la obligación del fallido, no a quien deba responder por ella, y se reanudan al finalizar la liquidación.

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