IÑIGUEZ, LEANDRO EZEQUIEL c/ ART INTERACCION S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que condenó a la ART a abonar la prestación dineraria, si bien modificó lo decidido sobre las costas y gastos causídicos.
Accidente de trabajo
- Ley especial
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que condenó a la ART a abonar la prestación dineraria prevista por la ley 24.557, si bien se modifica lo decidido sobre las costas y gastos causídicos, los cuales deben tramitarse en el proceso concursal de la ART.
Los fundamentos principales son:
- El Fondo de Reserva de la LRT tiene por objeto abonar las prestaciones que las ART dejen de pagar por su liquidación, por lo que debe responder por los intereses devengados hasta el efectivo pago.
- Conforme el decreto 1022/2017, el Fondo de Reserva sólo responde por las prestaciones de la ley 24.557, excluyéndose las costas y gastos causídicos, los cuales deben tramitarse en el proceso concursal.
- Se cita el Fallo Plenario N°328 y jurisprudencia reciente sobre la aplicación del decreto 1022/2017.
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