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ENCINA, RODOLFO ERNESTO c/ TRANSPORTES PEDRO DE MENDOZA S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda al considerar que las condiciones laborales nocivas constituían una cosa riesgosa de la que debía responder la empleadora.

Responsabilidad objetiva Danos y perjuicios Accidente de trabajo Cosa riesgosa Deber de seguridad

Daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- La actividad laboral del actor, con las características acreditadas, fue considerada una "cosa viciosa" que actuó como causa eficiente del desarrollo de la incapacidad, por lo que la empleadora debe responder en el marco del art. 1113 del Código Civil (actual art. 1757 CCCN).
- Las condiciones y ambiente de trabajo nocivos configuran una "cosa riesgosa" de la que debe responder la empleadora por no haber adoptado las medidas adecuadas para preservar la integridad de los trabajadores.
- Existe nexo causal adecuado entre las condiciones laborales y la afección padecida por el actor.

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