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CAPALDI, LUCIANA c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su ex empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció la forma de computar los intereses sobre las sumas adeudadas.

Intereses Codigo civil y comercial Capitalizacion Despido Creditos laborales


¿Quién es el actor?

Luciana Capaldi

¿A quién se demanda?

Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad Cultura Accion Social

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia en cuanto a la forma de computar los intereses. El tribunal establece que los créditos laborales devengarán intereses desde que cada suma es debida, conforme a las tasas fijadas en las Actas CNAT Nros. 2601/14, 2630/16 y 2658/17, con capitalización anual del art. 770 inc. b) CCCN desde la notificación de la demanda. El juez Pose disiente con la mayoría respecto a la aplicación de la capitalización anual, considerando que la misma sólo procede en los supuestos expresamente previstos en el art. 770 CCCN.

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