SAENZ, MARIA ALEJANDRA c/ O.S.D.E. ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
La actora demandó diferencias salariales por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y rechazó el pedido de aplicación del art. 2 de la ley 25.323 por falta de intimación previa.
Diferencias salariales por despido incausado
¿Qué se resolvió?
Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando el incremento por
aplicación del art. 2 de la ley 25.323 por falta de intimación previa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La demandada no renunció al beneficio del tope previsto en el art. 245 LCT y aplicó correctamente el tope
del CCT 462/2006.
- La demandada computó la incidencia mensual de la gratificación otorgada en diciembre de 2015 en el
salario base.
- El art. 2 de la ley 25.323 exige una intimación expresa al empleador, requisito que no se acreditó.
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