MAIDANA, DANIEL ALEJANDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que declaró inconstitucional el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo y fijó la última remuneración como base de cálculo.
Accidente de trabajo
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. La sentenciante de primera instancia declaró inconstitucional el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que fija el ingreso base mensual (IBM) para el cálculo de las prestaciones dinerarias, por considerar que dicha norma contraviene las garantías de propiedad e igualdad consagradas en la Constitución Nacional. En su lugar, aplicó la última remuneración percibida por el trabajador antes del accidente, que ascendía a $13.194,04. La Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, señalando que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es una atribución de los jueces y que la sentenciante fundó adecuadamente su apartamiento del artículo 12 de la LRT. Respecto a los intereses, la Cámara consideró que corresponde aplicarlos desde la fecha del accidente, ya que la mora en materia de responsabilidad por hechos ilícitos es automática, sin necesidad de notificación de la demanda. Asimismo, convalidó la capitalización de los intereses dispuesta en la sentencia. En cuanto a los honorarios, la Cámara redujo los regulados a la representación y patrocinio letrado del actor y al perito médico.
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