ALVAREZ, DANIEL AGUSTIN c/ CAPACYT DIPREGEP N2989 Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra un instituto municipal y su representante legal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral revocó la sentencia y declinó la competencia de la justicia nacional del trabajo, por entender que el litigio debía tramitar ante la justicia contencioso administrativa local.
¿Quién es el actor?
Daniel Agustín ÁLVAREZ
- Demandados: MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO
- CAPACYT DIPREGEP NRO. 2989 INSTITUTO DE GESTIÓN PRIVADA y Mercedes SANGUINETTI
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la demanda. Consideró que el instituto CAPACYT carecía de personalidad jurídica propia y era una dependencia del Municipio de Tres de Febrero, por lo que la competencia correspondía a la justicia contencioso administrativa local, en resguardo del sistema federal y las autonomías provinciales. Fundamentación relevante: "Nótese que, pese a que la parte actora sostuvo que CAPACYT no es una entidad provincial estatal ni una repartición oficial sino una institución educativa de gestión privada, lo cierto es que, en estos autos, fue la MUNICIPALIDAD DE TRES DE FEBRERO quien se presentó en calidad de demandada y en representación del instituto primigeniamente accionado –v. fs. 249-, sin que pueda observarse que la parte actora hubiese cuestionado la personería invocada." "a los fines de dirimir la cuestión en análisis, juzgo que no puede pasarse por alto el interés directo y específico de la autoridad pública en la gestión y en las decisiones patrimoniales de su administración."
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