DE LA TORRE LASTRA, EUGENIA MARIA c/ TEZANOS PINTO, SALERNO, CARIDE FITTE Y ASOCIADOS Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por acoso sexual, daños y perjuicios y reclamos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena e introduciendo ajustes en diversos rubros indemnizatorios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Actora: Eugenia María de la Torre Lastra
- Demandados: Tezanos Pinto, Salerno, Caride Fitte y Asociados; Auren Argentina S.A.
- Reclamos: Acoso sexual, daños y perjuicios, diferencias salariales, indemnizaciones por despido
- Decisión del tribunal:
- Se revocó la calificación de despido discriminatorio, pero se confirmó la condena por daño psíquico y moral derivados del acoso sexual.
- Se declaró remunerativa la provisión de telefonía celular y la cobertura médica de la actora, con impacto en la base salarial.
- Se confirmó el rechazo de la acción contra Auren Argentina S.A.
- Se estableció un nuevo monto total de condena de $1.033.942,03.
Fundamentos principales:
- El acoso sexual denunciado por la actora se encontró acreditado, pero el despido no fue discriminatorio dado que los hechos de acoso ocurrieron un año y medio antes.
- La telefonía celular y la cobertura médica constituyen remuneración por tratarse de beneficios patrimoniales que evitaron gastos a la trabajadora.
- No se logró acreditar los presupuestos para responsabilizar solidariamente a Auren Argentina S.A.
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