MARTINEZ FLEITAS, GASPAR c/ GALENO A.R.T S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo con secuelas psicológicas. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir prestaciones dinerarias por incapacidad.
Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo "in itinere" con secuelas psicológicas
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del actor.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- La existencia de daño psicológico derivado del accidente no requiere de un daño físico ni de una relación cuantitativa entre ellos. El peritaje médico justificó adecuadamente el nexo entre el trastorno psicológico y el accidente.
- La fijación de intereses desde la fecha del accidente es una herramienta necesaria para resguardar el capital, y se ajusta a los criterios normativos generales.
- Los honorarios regulados se encuentran dentro de los parámetros legales aplicables.
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