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VENTRICE, ALEJO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y determinó el monto indemnizatorio con base en la actualización salarial por el índice RIPTE.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Riesgos del trabajo Ingreso base mensual Actualizacion por ripte

Incapacidad laboral por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó a Asociart ART S.A. a pagar a Alejo Ventrice una indemnización determinada en función de la actualización del ingreso base mensual por el índice RIPTE.
- Fundamentación:
- Corresponde efectuar la cuantificación de la prestación dineraria de pago único prevista en el art. 14 inc. 2 ap. a) de la ley 24.557, tomando en cuenta el ingreso base mensual (IBM) actualizado por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la determinación de la incapacidad.
- El decreto 669/19 que modificó el procedimiento de actualización del IBM es aplicable al caso, aun cuando tenga carácter de decreto de necesidad y urgencia, pues puede ser convalidado como decreto delegado en virtud de la habilitación contenida en el art. 11.3 de la LRT.
- El mecanismo de actualización por RIPTE previsto en el decreto 669/19 constituye un sistema de ajuste por evolución salarial, sin generar intereses, por lo que corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago.

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