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OLIVENCIA, KARINA YANELA c/ ADT SECURITY SERVICES S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por diferencias salariales y multas por incorrecta registración de la relación laboral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y condenó a la demandada al pago de las multas previstas en los arts. 9 y 15 de la ley 24.013.

Diferencias salariales Despido Antiguedad Fraude laboral Multa ley 24 013 Registro de la relacion laboral


¿Quién es el actor?

Karina Yanela Olivencia

¿A quién se demanda?

ADT Security S.A. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales por categoría y multas por incorrecta registración de la relación laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a ADT Security S.A. a abonar las multas previstas en los arts. 9 y 15 de la ley 24.013, por acreditarse que la actora prestó servicios para dicha empresa desde el 19/07/2007 a través de una contratación fraudulenta vía Benefits S.A. Confirmó el rechazo de las diferencias salariales por categoría invocada. Fundamentos relevantes:
- La actora demostró que ingresó a trabajar para ADT Security S.A. el 19/07/2007 a través de la interposición fraudulenta de Benefits S.A., quien la registró recién el 01/03/2008. Por lo tanto, corresponde la aplicación de las multas de los arts. 9 y 15 de la ley 24.013.
- No procede la multa del art. 10 de la ley 24.013 ya que no se acreditó que la empleadora haya registrado una remuneración menor a la percibida.
- Tampoco procede la multa del art. 80 de la LCT porque la intimación realizada por la actora fue contemporánea a la comunicación del despido, no cumpliéndose los recaudos del decreto reglamentario.

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