OLIVENCIA, KARINA YANELA c/ ADT SECURITY SERVICES S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por diferencias salariales y multas por incorrecta registración de la relación laboral. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y condenó a la demandada al pago de las multas previstas en los arts. 9 y 15 de la ley 24.013.
¿Quién es el actor?
Karina Yanela Olivencia
¿A quién se demanda?
ADT Security S.A. y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Diferencias salariales por categoría y multas por incorrecta registración de la relación laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a ADT Security S.A. a abonar las multas previstas en los arts. 9 y 15 de la ley 24.013, por acreditarse que la actora prestó servicios para dicha empresa desde el 19/07/2007 a través de una contratación fraudulenta vía Benefits S.A. Confirmó el rechazo de las diferencias salariales por categoría invocada.
Fundamentos relevantes:
- La actora demostró que ingresó a trabajar para ADT Security S.A. el 19/07/2007 a través de la interposición fraudulenta de Benefits S.A., quien la registró recién el 01/03/2008. Por lo tanto, corresponde la aplicación de las multas de los arts. 9 y 15 de la ley 24.013.
- No procede la multa del art. 10 de la ley 24.013 ya que no se acreditó que la empleadora haya registrado una remuneración menor a la percibida.
- Tampoco procede la multa del art. 80 de la LCT porque la intimación realizada por la actora fue contemporánea a la comunicación del despido, no cumpliéndose los recaudos del decreto reglamentario.
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