NUÑEZ, VICTOR MANUEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y determinó el monto indemnizatorio actualizado por RIPTE.
Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para calcular el Ingreso Base Mensual (IBM) aplicando la actualización por RIPTE conforme el Decreto 669/19. Estableció un capital indemnizatorio provisional de $284.818,52 que deberá actualizarse por RIPTE y devengará un interés del 6% anual desde la fecha del accidente hasta el pago efectivo.
Principales fundamentos:
- El informe pericial médico justificó la atribución en un 60% de la incapacidad física y psíquica al accidente de trabajo.
- La actualización del IBM por RIPTE conforme el Decreto 669/19 mejora las prestaciones y corresponde su aplicación.
- Los intereses deben calcularse como un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta el pago efectivo, a fin de compensar la privación del capital.
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