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HERRERA, FAVIO ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó lo decidido en primera instancia, pero modificó la fecha de inicio de los intereses y redujo los honorarios de los letrados.

Intereses Honorarios Tasas de interes Accidente de trabajo Incapacidad permanente parcial definitiva

Accidente de trabajo, solicitud de prestación por incapacidad permanente parcial definitiva.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia, pero se modificó la fecha de inicio de los intereses, estableciéndolos a partir del 4 de diciembre de 2016, y se redujo el monto de los honorarios de los letrados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los intereses deben correr desde la consolidación de la incapacidad, es decir, desde el 4 de diciembre de 2016, que es 30 días después del alta médica.
- Las resoluciones de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Actas) son orientativas, por lo que corresponde ponderar las tasas de interés de manera concreta.
- Los honorarios de la representación letrada del actor lucen elevados, por lo que se propone reducirlos.

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