RATTO, DANIEL ALBERTO (1) c/ ASOCIART SA ART. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor impugnó la tasa de interés fijada en primera instancia. La Cámara modifica la tasa de interés aplicable y aumenta los honorarios del letrado del actor.
Accidente de trabajo
- Ley especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV, modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación de las tasas de interés establecidas en el Acta 2764 de la CNAT, con capitalización anual desde la notificación de la demanda. Además, aumentó los honorarios del letrado del actor al 17% del monto total de condena (capital más intereses).
Los fundamentos principales fueron:
- La jurisprudencia de la CSJN ha sostenido que la determinación de la tasa de interés queda en la razonable discreción de los jueces, siempre que no se lesionen garantías constitucionales.
- La Cámara en reiteradas oportunidades ha resuelto aplicar la tasa activa del Banco Nación, con las actualizaciones dispuestas en las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT.
- Recientemente, mediante el Acta 2764, la Cámara dispuso mantener esas tasas e imponer capitalización anual desde la notificación de la demanda.
- En cuanto a los honorarios, se consideró que los fijados en primera instancia eran insuficientes, atendiendo a la calidad y extensión de las labores, por lo que se los aumentó al 17% del monto total.
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