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CALORI, SANTIAGO JUAN c/ RADIO LIBERTAD S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra la radio. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, condenando a la radio a abonar indemnizaciones conforme al Estatuto del Periodista Profesional.

Indemnizacion por despido Relacion laboral Despido Estatuto del periodista profesional Presuncion de contrato de trabajo

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara determinó que existía una relación laboral entre las partes, regida por el Estatuto del Periodista Profesional. Modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, ajustando los montos indemnizatorios. Los principales fundamentos fueron:
- Se acreditó que el actor desarrollaba tareas periodísticas para la radio, sometido a su poder de dirección y control, por lo que correspondía aplicar la presunción de existencia de contrato de trabajo.
- Las funciones del actor encuadraban en el régimen del Estatuto del Periodista Profesional, por lo que correspondían las indemnizaciones previstas en esa normativa.
- Se modificó el cálculo de la indemnización por preaviso, el mes de integración de despido y el SAC proporcional, para ajustarlo al Estatuto del Periodista Profesional.

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